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10-octu-11

Una historia llena de sufrimiento…

"Nose puede tomar a un hombre que ha estado encadenado por años, liberarlo, ponerlo en la línea de arranque, decirle que ahora es libre para competir con los demás y creer sinceramente que hemos actuado con justicia"

Esta frase presuntamente dicha por Martin Luther King Jr o Franklin D. Roosevelt, a pesar de haber sido proclamada para responder al contexto de la historia norteamericana, es completamente aplicable al contexto colombiano. Colombia, un país en donde la comunidad "negra". a pesar de que obtuvo su libertad en el año 1851 tras la abolición de la esclavitud, tuvo un  reconocimiento “real” sólo hasta el año de 1991, año en el que la actual Constitución Política fue promulgada.

El propósito de la Constitución con este acto, era impulsar la capacidad de crear un proceso de inclusión para esta comunidad.  Sin embargo, no se tuvo en cuenta que para lograr que el proceso fuera exitoso era necesario no sólo reconocer los derechos de los afrodescendientes, sino hacerlos verdaderos actores dentro de la actividad y dinamismo político del que también es su país.

Si bien, esta carta magna tuvo dentro de sus postulados el propósito de transformarse de un Estado representativo a uno participativo, era (o es) necesario garantizar una verdadera integración de los afrocolombianos no con juntas --no reconocida-- que exigen y suplican ser escuchadas por el Estao. Por el contrario, creando organizaciones de mayor nivel y cuya fuerza de influencia es mayor, como lo son las gubernamentales creadas por afrocolombianos para afrocolombianos. Asi mismo,  teniendo participantes de esta comunidad en altos cargos del congreso, lo cual sería un primer paso para que las normas que alguna vez fueron expedidas por la constitución tengan verdaderos efectos en la sociedad. Es decir, puedan efectuar un verdadero  grado de eficacia simbólica, pero también instrumental en la medida en que se busquen mecanismos para garantizar el cumplimientos de estas normas, como por ejemplo la de no discriminación, y en caso de que sean incumplidas, exista un sanción para el infractor.


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11-octu-11

Ciudadanía insensible en Bogotá

La Constitución Política de 1991,  entre muchos de sus postulados, tuvo uno en específico que le dio un giro de 360° a la historia política del país.  Este fue, el artículo 55 transitorio, que expresa:
Dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigencia de la presente Constitución, el Congreso expedirá, previo estudio por parte de una comisión especial que el Gobierno creará para tal efecto, una ley que les reconozca a las comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción, el derecho a la propiedad colectiva sobre las áreas que habrá de demarcar la misma ley.
La misma ley establecerá mecanismos para la protección de la identidad cultural y los derechos de estas comunidades, y para el fomento de su desarrollo económico y social. Por último, a los efectos de la implementación del artículo 55 transitorio, el Congreso promulgó la Ley 70/93 "Ley de las comunidades negras"
En principio esto fue un gran avance para esta comunidad que había ganado su libertad hace apenas ciento cuarenta años y que ha tenido una historia llena de sufrimiento e injusticias. En sentido teórico, suena bastante confortante saber como el Estado colombiano ha buscado procesos de inclusión para esta sociedad marginada. Sin embargo,  es evidente que en la práctica el cumplimiento de políticas públicas en pro de la defensa de los derechos de las comunidades afrocolombianas ha sido mínima, reflejando una amplia brecha entre Derecho y sociedad, en la que tanto enfatiza el teorico Mauricio Garcia Villegas.

Lo anterior se evidencia en la historia de jóvenes como Leonard Kennedy, "estudiante afro de ingeniería mecánica, quien hace dos años sufrió una dramática historia en la calle 50 con carrera séptima donde fue apuñalado casi hasta llevarlo a la muerte por quince hinchas del equipo de fútbol Santa Fe; ni siquiera por la orientación futbolística de Leonard (ya que el había afirmado no ser hincha de ningún equipo), sino debido al rechazo que estos le expresaban causado por sus orígenes raciales"[1]. Así como la historia de Leonard, existen muchos casos de discriminación en Bogotá, ciudad en donde la falta de acciones estatles  ocasionan una ineficacia instrumental, puesto al mínimo grado de cumplimiento y aceptación de las leyes que prohíben la discriminación y la falta de sanciones para quienes incumplen las mismas.





[1] BERRIO, Julian Martin.(EL ESPECTADOR). Discriminaciona la Bogotana. [Online] Bogotá D.C. 8-Mayo-2009 [Citado el 11-octubre-11] Disponble en: http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-5169191

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